El FOVISSSTE tiene dos productos para otorgar créditos en
cofinanciamiento, llamados: Alia2 y Respalda2, a
continuación te presentaremos sus requisitos:
Alia2:
1. Condiciones:
El crédito FOVISSSTE se otorgará sobre el cálculo del
valor presente del 5 por ciento de las aportaciones
futuras, conforme al salario base del trabajador, de
acuerdo con las tablas de montos máximos publicadas en
el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de
2006, más el saldo de la Subcuenta de Vivienda a la
fecha de solicitud de crédito, complementado con
recursos de Instituciones Financieras.
El valor máximo de la vivienda y/o del crédito será de
$1,000,187.97
Los créditos otorgados por las Instituciones Financieras
serán en pesos, con tasa fija a lo largo de la vida del
crédito, con seguro de vida y daños.
2. Requisitos:
Podrán participar los trabajadores derechohabientes del
ISSSTE, de base, de confianza y eventuales.
Prestar sus servicios a los Poderes de la Unión, del
Gobierno del Distrito Federal y/o entidades públicas que
estén sujetas al régimen jurídico de la Ley Federal de
los Trabajadores al Servicio del Estado, que además
aporten al Fondo de la Vivienda del ISSSTE.
Haber cotizado en el Fondo de la Vivienda del ISSSTE
durante un mínimo de 18 meses.
No haber sido beneficiados anteriormente con un crédito
hipotecario.
3. Procedimiento:
Los trabajadores interesados deberán
acudir a través de su representación Sindical o directamente
a la Sofol o Banco participante de su elección, a fin de
registrar su solicitud de inscripción.
4. Documentos requeridos:
Los
trabajadores interesados en este tipo de financiamiento
deberán presentar la siguiente documentación en original y
copia simple:
Talón de pago
correspondiente a la quincena inmediata anterior.
Estado de cuenta
de la subcuenta del fondo de la vivienda de la cuenta
individual del SAR.
Identificación
oficial vigente con fotografía y firma.
Comprobante de
domicilio.
Constancia de
servicios que acredite la antigüedad de aportaciones al
FOVISSSTE y CURP.
En el caso de
crédito mancomunado, el cónyuge, concubina o
concubinario, deberá presentar la documentación
anteriormente señalada, así como copia certificada del
acta de matrimonio o, en su caso, fe de hechos ante
notario que certifique el concubinato, adicionalmente la
documentación que al efecto requiera la Institución
Financiera.
*
Se recomienda consultar en el sitio Internet de FOVISSSTE:
www.fovissste.gob.mx,
la lista de entidades
financieras participantes en esta modalidad de
financiamiento.
Respalda2:
1. Condiciones:
El crédito
FOVISSSTE se otorgará sobre el saldo que cada trabajador
derechohabiente del ISSSTE presente en su Subcuenta de
Vivienda SAR, el cual se complementará con recursos de
las Instituciones Financieras, para la adquisición de
viviendas de cualquier valor.
Los créditos
otorgados por las Instituciones Financieras serán en
pesos, con tasa fija a lo largo de la vida del crédito,
con seguro de vida y daños.
2. Requisitos:
Podrán participar
los trabajadores derechohabientes del ISSSTE, de base,
de confianza y eventuales.
Prestar sus
servicios a los Poderes de la Unión, del Gobierno del
Distrito Federal y/o entidades públicas que estén
sujetas al régimen jurídico de la Ley Federal de los
Trabajadores al Servicio del Estado, que además aporten
al Fondo de la Vivienda del ISSSTE.
Haber cotizado en
el Fondo de la Vivienda del ISSSTE durante un mínimo de
18 meses.
No haber sido
beneficiados anteriormente con un crédito hipotecario.
3. Procedimiento:
Los
trabajadores interesados deberán acudir a través de su
representación Sindical o directamente a la Sofol o Banco
participante de su elección, a fin de registrar su solicitud
de inscripción.
4. Documentos requeridos:
Los
trabajadores interesados en este tipo de financiamiento
deberán presentar la siguiente documentación en original y
copia simple:
Talón de pago
correspondiente a la quincena inmediata anterior.
Estado de cuenta
de la subcuenta del fondo de la vivienda de la cuenta
individual del SAR
Identificación
oficial vigente con fotografía y firma
Comprobante de
domicilio
Constancia de
servicios que acredite la antigüedad de aportaciones al
FOVISSSTE y CURP
En el caso de
crédito mancomunado, el cónyuge, concubina o
concubinario, deberá presentar la documentación
anteriormente señalada, así como copia certificada del
acta de matrimonio o, en su caso, fe de hechos ante
notario que certifique el concubinato, adicionalmente la
documentación que al efecto requiera la Institución
financiera.
*
Se recomienda consultar en el sitio Internet de FOVISSSTE:
www.fovissste.gob.mx,
la lista de entidades financieras participantes en esta
modalidad de financiamiento.
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