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Cofinanciamiento Fovissste

El FOVISSSTE tiene dos productos para otorgar créditos en cofinanciamiento, llamados: Alia2 y Respalda2, a continuación te presentaremos sus requisitos:

Alia2:

1. Condiciones:

  • El crédito FOVISSSTE se otorgará sobre el cálculo del valor presente del 5 por ciento de las aportaciones futuras, conforme al salario base del trabajador, de acuerdo con las tablas de montos máximos publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2006, más el saldo de la Subcuenta de Vivienda a la fecha de solicitud de crédito, complementado con recursos de Instituciones Financieras.

  • El valor máximo de la vivienda y/o del crédito será de $1,000,187.97

  • Los créditos otorgados por las Instituciones Financieras serán en pesos, con tasa fija a lo largo de la vida del crédito, con seguro de vida y daños.

2. Requisitos:

  • Podrán participar los trabajadores derechohabientes del ISSSTE, de base, de confianza y eventuales.

  • Prestar sus servicios a los Poderes de la Unión, del Gobierno del Distrito Federal y/o entidades públicas que estén sujetas al régimen jurídico de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que además aporten al Fondo de la Vivienda del ISSSTE.

  • Haber cotizado en el Fondo de la Vivienda del ISSSTE durante un mínimo de 18 meses.

  • No haber sido beneficiados anteriormente con un crédito hipotecario.

3. Procedimiento:

Los trabajadores interesados deberán acudir a través de su representación Sindical o directamente a la Sofol o Banco participante de su elección, a fin de registrar su solicitud de inscripción.

4. Documentos requeridos:

Los trabajadores interesados en este tipo de financiamiento deberán presentar la siguiente documentación en original y copia simple:

  • Talón de pago correspondiente a la quincena inmediata anterior.

  • Estado de cuenta de la subcuenta del fondo de la vivienda de la cuenta individual del SAR.

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma.

  • Comprobante de domicilio.

  • Constancia de servicios que acredite la antigüedad de aportaciones al FOVISSSTE y CURP.

  • En el caso de crédito mancomunado, el cónyuge, concubina o concubinario, deberá presentar la documentación anteriormente señalada, así como copia certificada del acta de matrimonio o, en su caso, fe de hechos ante notario que certifique el concubinato, adicionalmente la documentación que al efecto requiera la Institución Financiera.

* Se recomienda consultar en el sitio Internet de FOVISSSTE: www.fovissste.gob.mx, la lista de entidades financieras participantes en esta modalidad de financiamiento.

 

     

Respalda2:

1. Condiciones:

  • El crédito FOVISSSTE se otorgará sobre el saldo que cada trabajador derechohabiente del ISSSTE presente en su Subcuenta de Vivienda SAR, el cual se complementará con recursos de las Instituciones Financieras, para la adquisición de viviendas de cualquier valor.

  • Los créditos otorgados por las Instituciones Financieras serán en pesos, con tasa fija a lo largo de la vida del crédito, con seguro de vida y daños.

2. Requisitos:

  • Podrán participar los trabajadores derechohabientes del ISSSTE, de base, de confianza y eventuales.

  • Prestar sus servicios a los Poderes de la Unión, del Gobierno del Distrito Federal y/o entidades públicas que estén sujetas al régimen jurídico de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que además aporten al Fondo de la Vivienda del ISSSTE.

  • Haber cotizado en el Fondo de la Vivienda del ISSSTE durante un mínimo de 18 meses.

  • No haber sido beneficiados anteriormente con un crédito hipotecario.

3. Procedimiento:

Los trabajadores interesados deberán acudir a través de su representación Sindical o directamente a la Sofol o Banco participante de su elección, a fin de registrar su solicitud de inscripción.

4. Documentos requeridos:

Los trabajadores interesados en este tipo de financiamiento deberán presentar la siguiente documentación en original y copia simple:

  • Talón de pago correspondiente a la quincena inmediata anterior.

  • Estado de cuenta de la subcuenta del fondo de la vivienda de la cuenta individual del SAR

  • Identificación oficial vigente con fotografía y firma

  • Comprobante de domicilio

  • Constancia de servicios que acredite la antigüedad de aportaciones al FOVISSSTE y CURP

  • En el caso de crédito mancomunado, el cónyuge, concubina o concubinario, deberá presentar la documentación anteriormente señalada, así como copia certificada del acta de matrimonio o, en su caso, fe de hechos ante notario que certifique el concubinato, adicionalmente la documentación que al efecto requiera la Institución financiera.

* Se recomienda consultar en el sitio Internet de FOVISSSTE: www.fovissste.gob.mx, la lista de entidades financieras participantes en esta modalidad de financiamiento.

 

 

     

 

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