4. Aplicación del saldo de la subcuenta
de vivienda.
El saldo de la subcuenta de vivienda, se
aplicará como pago inicial al crédito otorgado por el
Instituto.
5. Tasa de Interés.
La tasa de interés que devenguen los
créditos del INFONAVIT
serán las mismas autorizadas para los créditos otorgados en
forma directa, de acuerdo al ingreso del trabajador (del 4
al 9 por ciento)
6. Enganche.
Los trabajadores atendidos
con créditos en cofinanciamiento, deberán aportar el
enganche mínimo que se acuerde con cada Entidad Financiera.
7. Monto de crédito en
Cofinavit de la entidad financiera.
El monto de crédito que
otorgue la entidad financiera será el que pueda obtener de
acuerdo a su capacidad de pago, considerando las condiciones
financieras del crédito de la entidad financiera.
8. Amortización del
crédito INFONAVIT.
El crédito que otorgue el
INFONAVIT
se amortizará de la siguiente forma:
-
Mediante la aplicación del saldo de la
subcuenta de vivienda del trabajador, y
-
Con las aportaciones patronales
subsecuentes que se reciban a partir de la formalización
del crédito.
Por lo anterior, el patrón
no realizará ningún descuento al salario del trabajador para
amortizar el crédito del
INFONAVIT,
y no deberá emitirse el aviso para retención de descuentos,
ni incluirse en la emisión al IMSS por este concepto.
9. Régimen Especial de
Amortización.
En el caso de que el trabajador, pierda
su relación laboral, la amortización del crédito será
mediante una cuota fija en veces el salario mínimo, que se
determinará desde la originación, considerando el mismo
salario del trabajador que se utilice para determinar el
monto de crédito a amortizar con las aportaciones
patronales.
En el sitio Internet podrás consultar la
tabla de amortización que aplica para este régimen.
10. Impuestos y derechos.
Los impuestos y derechos del crédito
otorgado por el INFONAVIT y por la Entidad
Financiera serán descontados del crédito del
INFONAVIT
y pagados al notario de acuerdo a los
procedimientos actuales.
11. Gastos de
titulación, financieros y de operación del crédito.
Del monto de crédito a otorgar, se
descontará el 5 por ciento, en el caso de vivienda
tradicional y el 3 por ciento en el caso de vivienda
económica.
12. Prórrogas.
Para el crédito del
INFONAVIT,
aplican las prórrogas bajo las condiciones estipuladas en el
Artículo 41 de la Ley del
INFONAVIT.
13. Plazo.
El plazo máximo para la
amortización de los créditos otorgados por el Instituto, en
cofinanciamiento será hasta de 30 años de pagos efectivos.
14. Valor máximo de las
viviendas.
El valor máximo de las
viviendas objeto de los créditos que otorgue el Instituto en
cofinanciamiento, no tendrá limite.
15. El trabajador que
obtenga un crédito en cofinanciamiento podrá utilizar el
saldo de la subcuenta de vivienda:
-
Como forma contingente
de pago de los créditos que reciba en cofinanciamiento.
-
Como pago inicial del
crédito otorgado por el Instituto.
Para que los trabajadores
destinen el saldo de su subcuenta de vivienda como pago
inicial del crédito que otorgue el Instituto, deberán
instruirlo por escrito y esta instrucción se consignará en
una cláusula del contrato de crédito. Cuando el trabajador
haya optado por destinar el saldo de su subcuenta de
vivienda como pago inicial del crédito que el Instituto le
otorgue, el monto de crédito que éste podrá otorgarle en
cofinanciamiento será la cantidad que pueda ser amortizada
con las aportaciones subsecuentes, más el equivalente al
saldo de la subcuenta de vivienda del trabajador.
16. Los gastos, comisiones, costo de
avalúo y apertura de crédito.
Los gastos, comisiones, costo de
avalúo y apertura de crédito que otorgue la Entidad
Financiera, serán a cargo del trabajador. Los impuestos por
la adquisición de la vivienda y los derechos de registro del
crédito que otorgue la Entidad Financiera serán con cargo al
crédito que otorga el
INFONAVIT.
17. Seguro del crédito.
Los créditos deberán
contar con un seguro, que cubra el saldo insoluto del mismo,
para los casos de incapacidad total permanente, muerte,
incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea del 50% o
más e invalidez definitiva.
El costo de la prima, será
a cargo del Instituto, en la proporción que le corresponda
por el crédito otorgado, y a cargo del trabajador, por lo
que se refiere a la parte proporcional del crédito otorgado
por la entidad financiera.
La Entidad Financiera
otorgante del crédito será responsable de la administración
del seguro de vida; por lo que respecta a la parte del
seguro que corresponde al crédito de
INFONAVIT,
será administrada y controlada por el área que realiza esta
función en los créditos otorgados únicamente por el
Instituto.
18. Seguro de daños.
Los créditos deberán
contar con un seguro de daños a la vivienda que cubra el
valor destructible de la misma cuya indemnización, en su
caso, se distribuirá entre el Instituto y la entidad
financiera de manera proporcional al monto de crédito
otorgado, sin rebasar la suma asegurada establecida por
vivienda para cubrir ese tipo de siniestros. En el caso de
que el monto de la indemnización no cubra el saldo total,
tanto INFONAVIT
como la entidad financiera
participaran del saldo no recuperado en la proporción que
les corresponda.
El asesor certificado
deberá informar al trabajador que para iniciar el proceso de
indemnización el acreditado deberá solicitarlo al Infonatel
a los teléfonos 9171-5050 si llama del Distrito Federal o al
01800-008-3900 si llama del interior de la república.
19. Pagos anticipados.
Los trabajadores podrán
realizar pagos anticipados, para la amortización de sus
créditos durante toda la vida de éstos, sin ninguna
penalización, y se aplicarán al saldo insoluto que al
momento tenga cada crédito.
El pago anticipado se
realizará ante el INFONAVIT
o ante la Entidad
Financiera, dependiendo del saldo de crédito que el
acreditado quiera reducir.
20. Garantía
hipotecaria.
La garantía hipotecaria
deberá constituirse en primer lugar en favor del Instituto,
quien podrá compartir la prelación de dicha garantía con la
entidad financiera que otorgue el crédito en
cofinanciamiento, en la misma proporción correspondiente al
crédito otorgado.
21. Aportaciones
subsecuentes:
Las aportaciones que se
efectúen a la subcuenta de vivienda con posterioridad al
otorgamiento de los créditos se aplicarán a cubrir el saldo
insoluto del crédito que haya otorgado el Instituto. Cuando
éste se haya liquidado y exista un saldo insoluto del
crédito otorgado por la entidad financiera, podrán
destinarse a amortizar el principal de dicho crédito.
22. Políticas de
recuperación del crédito de las entidades financieras.
La Entidad Financiera
aplicará sus propias políticas de recuperación del crédito
por ellos otorgado, en el caso de pagos no efectuados.
23. Envío de
expedientes al ANEC.
El notario público, será
el responsable del envío al ANEC de los expedientes de
crédito del
INFONAVIT, tal y como se hace con
los créditos firmados a partir de enero 2004.
24. De la recepción de
documentación.
El Derechohabiente que
alcance la puntuación mínima establecida, podrá iniciar el
trámite de inscripción con la presentación de la
documentación requerida.
25. Inicio del trámite
de inscripción.
Para iniciar el trámite de
Inscripción, el derechohabiente o el asesor certificado
deben presentar la siguiente documentación debidamente
elaborada y sin tachaduras ni enmendaduras.
-
Solicitud de Inscripción de Crédito.
-
Avalúo Inmobiliario (si no fue solicitado
por sistema electrónico).
-
Identificación Oficial vigente.
-
Acta de Nacimiento.
-
Carta de Autorización de Crédito de la
Entidad Financiera.
-
Carta de Instrucción Irrevocable.
26. Avalúo.
En el caso de que el
trámite del avalúo inmobiliario se haya efectuado de manera
electrónica no se requiere que se presente en papel para la
inscripción, se presentará en papel directamente ante el
notario público.
El avalúo inmobiliario,
debe estar vigente para iniciar el trámite de inscripción
siendo su vigencia de 6 meses a partir de la fecha de
expedición.
Cuando un número de
seguridad social esté vinculado a varios avalúos
inmobiliarios, la solicitud de inscripción debe realizarse
con el mismo domicilio del avalúo de la vivienda que el
derechohabiente desea adquirir.
Será causa de rechazo del
trámite de Inscripción, cuando el avalúo presente el
dictamen rechazado o cuando la vivienda ofrecida en garantía
presenta una vida útil menor a 30 años.
27. Calidad de la
información.
La información anotada en
la documentación que presente un derechohabiente o un asesor
certificado para Inscribir su Solicitud de Inscripción de
Crédito, debe coincidir exactamente con los datos emitidos
en la precalificación.
28. RFC.
El Registro Federal de
Contribuyentes, que se incluye en la solicitud de crédito
podrá ser elaborado por el derechohabiente a 10 ó 13
posiciones o dejarlo en blanco, sin que esto signifique
causal de rechazo. De la cancelación de la Solicitud de
Inscripción de Crédito.
29. Cancelación de la solicitud de
crédito.
El trámite de otorgamiento de crédito
se cancelará en los siguientes casos:
-
Cuando el derechohabiente cambie de vivienda, para
aplicar el crédito.
-
Cuando el derechohabiente, no cuente con relación
laboral al momento previo de la titulación del crédito.
-
Cuando los derechohabientes, tengan por parte del IMSS
una resolución por incapacidad permanente o
fallecimiento.
30. Créditos
conyugales.
Se podrán otorgar créditos
conyugales, bajo el esquema de cofinanciamiento, siempre y
cuando el cónyuge cumpla con los requisitos establecidos
para el solicitante principal, por lo tanto, no es posible
otorgar crédito a un trabajador derechohabiente, cuando la
entidad financiera de que se trate otorgue crédito a otra
persona distinta del mismo trabajador (o de su cónyuge)
aunque sea para la adquisición de la misma vivienda. Esto
aplica para concubino (a), padre, madre, hermanos, hijos u
otros.
El monto máximo de crédito
que se otorgue al cónyuge será hasta el 75 por ciento, de
los montos previstos en el inciso 3 de este documento, más
en su caso, el saldo de la subcuenta de vivienda.
Otros Temas:
-
Cofinavit Ingresos Adicionales.
-
-
Descargar este Manual de
Cofinavit
| |
|
|
| |
|
|
| |
¿Que es el Crédito
Cofinavit?
Para conocer los Beneficios,
Características y Requisitos puede descargar un
Manual Gratuito presionando los siguientes
vínculos: |
|
| |
|
|
|
| |
 |
|
| |
|
|
|